TESTIMONIO: VISTO: La dif¡cil situaci¢n econ¢mica por la que est  atravesando la atenci¢n de la salud, no quedando ajeno el Hospital Subzonal de Balcarce, y CONSIDERANDO: Que la Salud P£blica fue declarada en Emergencia Sanitaria Nacional y Provincial. Que teniendo conocimiento que empresas privadas concesionarios de agua de otras localidades han tomado la decisi¢n pol¡tica de eximir a distintos organismos p£blicos. Que el Hospital Subzonal de Balcarce, Geri trico "Ernesto L. Pinto" y Hostal de Los Abuelos tendr¡an que ser eximidos del pago de la facturaci¢n por consumo de agua, teniendo en cuenta que estas dependencias son prestadores de servicios de salud. Que dos de estos organismos est n al cuidado de las personas de la tercera edad. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: C O M U N I C A C I O N N§ 18/02 ------------------------------------ ARTICULO 1.- Solic¡tase a Aguas de Balcarce S.A. Grupo Camuzzi, arbi- ------------ tre los mecanismos necesarios para la eximici¢n del pago de la facturaci¢n por consumo de agua correspondiente al Hospital Subzonal de Balcarce, Geri trico "Ernesto L. Pinto" y el Hostal de Los Abuelos.--------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- C£mplase, comun¡quese al Departamento Ejecutivo a sus e- ------------ fectos, reg¡strese y publ¡quese.------------------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Se- si¢n Ordinaria, a los diez d¡as del mes de octubre de dos mil dos: FIRMADO: Mart¡n A. P‚rez - PRESIDENTE - Juan Jos‚ Troya - SECRETARIO.